Hace unos días que la Agencia de calificación crediticia internacional FITCH advirtió a las compañías eléctricas, que la supresión de las primas a las energías renovables llevada a cabo por el Gobierno español, no sería suficiente para reducir el déficit tarifario. Sugirió completar esta medida con un incremento en la tarifa eléctrica a los consumidores (englobando en este término a empresas y particulares).
Como consumidor final cuesta entender qué relación tiene una agencia de calificación en lo que uno (o una empresa) paga mensualmente por la electricidad consumida. También cuesta entender por qué existe un déficit tarifario y, dado que existe, qué responsabilidad tenemos sobre éste los consumidores finales.
Lo que sí parece estar claro es que todos los consumidores (particulares y empresas) pagamos las consecuencias de las decisiones de cada incremento en la tarifa eléctrica y de la falta de mercado libre en el sector eléctrico español.
¿Qué podemos hacer frente a esto?
CONSUMIR NUESTRA PROPIA ENERGÍA
¿Y con qué recursos?
Con el viento y con el sol, principalmente. En Galicia tenemos ambos recursos repartidos por toda la geografía. Sólo hace falta conocerlos para después domarlos.
Desde la Asociación de Energía Minieólica de Galicia (AEMGA), la primera en el sector de la eólica de pequeña potencia a nivel nacional, se promueve y defiende el autoconsumo con fuentes renovables eólicas y solares, como opción alternativa frente a la compra de la energía a las compañías eléctricas.
A lo largo de estos últimos años y de estos últimos meses todos hemos sido testigos del abaratamiento de precios y del incremento en la calidad de los paneles solares y de los aerogeneradores de pequeña potencia. Esto ha hecho que en muchos puntos de Galicia, el coste de producir un KWh de energía solar o eólica sea, hoy en día, inferior al coste de compra del KWh a la compañía eléctrica. Y lo es cuanto mayor es la dimensión de la instalación renovable.
¿Qué ocurre con la energía que se produce y que no se consume?
Actualmente cualquier persona física o jurídica que quiera disponer de una instalación de producción eléctrica renovable conectada a la red (previa concesión del punto de conexión por parte de la compañía distribuidora correspondiente) puede verter a ésta el excedente de energía que no consuma. El Real Decreto 1699/2011 así lo indica. En éste se regula el procedimiento de conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia. Un procedimiento que simplifica los trámites de alta de la instalación, especialmente en el caso de potencias inferiores a 10KW.
¿Y cuánto se paga por el excedente enviado a la red?. El precio de mercado, que actualmente ronda los 4,5cts€/KWh. Es un precio muy bajo, pero que en muchos casos es más rentable que disponer de unas baterías que acumulen energía. Es un avance con respecto a la situación anterior a diciembre de 2011, pero no suficiente.
Este contexto cambiará a partir de Abril del presente año, cuando se espera que salga publicado el Real Decreto de BALANCE NETO que describirá el procedimiento de autoconsumo. Por medio de esta regulación, se pretende equilibrar la producción total anual de energía en un emplazamiento, con el consumo de energía que haya habido a lo largo de todo el año en el mismo, independientemente de cuándo se hayan producido ambos. La red eléctrica hará de “almacén” de la energía que se produzca y que no se consuma, y nos la compensará cuando consumamos y no tengamos producción.
Esta gestión de compensación no es un invento español. En países como Alemania, la gestión del autoconsumo ha permitido que el 51% de los KW instalados de energías renovables estén ya en manos de sus ciudadanos y empresas. Su presente es nuestro futuro.
¿Hay ayudas orientadas a la instalación de renovables para autoconsumo?
Existen ayudas directas, opciones de financiación y deducciones fiscales para la instalación de energías renovables, tanto para particulares como para empresas.
Si usted es un particular, puede ser interesante que conozca:
- La financiación a través de la línea ICO Vivienda por el 100% de la inversión con un TAE del 6,629%.
- El IVA en la instalación de renovables repercute al 8% (no al 18%) como mejora de la instalación energética de la vivienda habitual.
- La deducción fiscal en el IRPF, para instalación de energías renovables, de un 20% sobre una base máxima de 6.750€, para rentas inferiores a 71.000€.
Si usted representa a una empresa, puede optar por:
- Un LEASING a través de la línea “ICO Inversión” e “ICO Desarrollo empresarial”, con un tipo de interés que oscila entre el 6 y el 7%, dependiendo de los años de amortización.
- Se espera que el IGAPE publique una convocatoria de ayudas a financiación entre marzo y abril del presente año.
- Si la empresa está ubicada en un área rural, es interesante conocer las líneas de ayudas directas con fondos europeos que gestionan los Grupos de Desenvolvemento Rural correspondientes.
En la coyuntura socioeconómica actual, los ciudadanos y las empresas valoran cada vez más su grado de independencia y de libertad. “Consumir su propia energía” ayuda a crear entornos sostenibles y ejemplarizantes de forma rentable.
El AUTOCONSUMO es el inicio de una revolución energética que ya se está gestando en nuestro país y de la que todos podemos formar parte activa.















